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Existen dos orígenes principales causantes del ruido, por un lado el del tráfico rodado y por otro en lugares donde además de éste tráfico intenso existen áreas de ocio como bares, restaurantes y otros locales de ocio que acaban socavando la tranquilidad y armonía de las personas que viven cerca. Desde que entró en vigor la directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental, que considera este problema como prioritario, que necesita para su prevención y erradicación métodos armonizados de medida, estimación y valoración. En este sentido la legislación se ha ido escalando a otras administraciones de menor rango, como son a nivel estatal, autonómico y local.

Nuestra regulación en España llegaría al año siguiente, con la Ley 37/2003 tomando medidas sobre el ruido ambiental, considerando el ruido y las vibraciones dentro de determinadas edificaciones como una forma de concienciar en el diseño y arquitectura de estos edificios para evitar su propagación. Pero además cada comunidad autónoma cuenta con su propia legislación adaptada a sus características y particularidades, llegando a delegar en los pueblos, municipios y ciudades el establecimiento de determinados límites sobre la emisión de ruidos.

En términos generales podemos decir que a nivel de tráfico rodado es muy difícil restringir o poner coto a los vehículos, a pesar de que los motores de vehículos son cada vez más silenciosos, no cabe duda de que el mismo rodar produce una fricción y como consecuencia genera un ruido, principalmente si el asfalto no está adecuadamente cuidado. Otro asunto donde sí que se pueden limitar y establecer restricciones son los establecimientos de ocio, donde cada ayuntamiento pone sus límites en cuanto a horarios y máximo de decibelios permitidos.

Pero para aquellos locales de ocio como bares, restaurantes y pubs musicales, ¿qué medidas de prevención pueden adoptar para no emitir tanto ruido al exterior?. En primer lugar los propios ayuntamientos ponen un tope en cuanto a decibelios y por supuesto un horario límite nocturno para que los vecinos de la zona puedan dormir en paz. Además de las normativas restrictivas de cada ayuntamiento, los propios locales han de adecuar sus instalaciones con materiales que absorban y aíslen el ruido que se genera en su interior. Estas medidas van desde la instalación de cortinas para ruido Insoudtex en ventanas y puertas, así como la utilización de limitadores de sonido dentro de locales donde se escucha música. El limitador de sonido es el complemento ideal para el aislamiento acústico de este tipo de locales que junto a las cortinas pueden reducir notablemente el ruido que se escapa al exterior.

Para controlar el ruido del tráfico rodado y de aquellos vehículos y motos que lo exceden, se está trabajando ya en la inminente instalación de «radares de ruidos» o lo que llamamos también sonómetros. Un instrumento que capta el exceso de ruido emitido por un vehículo identificándolo e incluso calculando su velocidad. Aunque en España y en otros muchos lugares ya existían equipos portátiles como los sonómetros, la idea novedosa sería el incorporar este sistema de forma fija en determinados puntos, sobre todo en grandes ciudades. De esta forma los conductores podrán ser sancionados por generar demasiado ruido, ya sea por utilizar incorrectamente el claxon, el volumen del equipo de sonido, acelerar excesivamente sin justificación y, sobre todo, por utilizar sistemas de escapes inadecuados o averiados.

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