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En muchos edificios residenciales existen academias de bailes que disponen de una cierta cantidad de metros cuadrados diáfanos, son aquellas plantas donde se destinan también para oficinas. En ocasiones sin las medidas preventivas necesarias como la instalación de cortinas acústicas en tales actividades pueden causar molestias a los vecinos y en consecuencia la irritación por la falta de descanso.

En ese artículo nos hacemos eco de una noticia que viene del año 2012, publicada por el Defensor del Pueblo Andaluz, en el que textualmente se decía: «En Sevilla, un ciudadano denunciaba en su escrito de queja que bajo su vivienda se encontraba una academia de baile flamenco que, en aquellas fechas, no contaba con denominación comercial alguna, si bien, en una etapa anterior, con un determinado nombre comercial, se le había incoado expediente de disciplina ambiental a consecuencia de que una medición de ruidos efectuada en su domicilio habría determinado que los ruidos soportados en el interior de la vivienda, como consecuencia de la actividad de la academia de baile, superaban ampliamente lo permitido por la legislación».

Recordemos que actualmente la legislación vigente que actúa como Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía es el Decreto 326/2003, en donde también da libertad a cada ciudad para regular de manera más específica y con ordenanzas municipales algunos aspectos tales como los horarios de los establecimientos, especialmente los dedicados al ocio nocturno. También hay que puntualizar que las normativas en materia de contaminación acústica a nivel nacional están amparadas actualmente bajo la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre Ruido Ambiental y que en España condujo al Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el cual se desarrollaba la ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

Pero volviendo al caso de Sevilla, el propio ayuntamiento tuvo que tomar medidas ante la pasividad de la academia de baile, al no tomar medidas correctoras como por ejemplo aislar el suelo con moquetas o la instalación de cortinas acústicas que absorban el sonido y lo aíslen de las zonas colindantes. En el caso de las actividades de academias de baile y música, siempre están en el foco de las críticas y el recelo de los vecinos, ya que muchas veces están ensayando o dando clases con las ventanas abiertas, de ahí que su fuente sonora llegue con perfecta claridad a todas partes.

En otros casos como en algunos conservatorios, se abrieron expedientes donde las mediciones realizadas con sonómetro desde el exterior del edificio, registraban un exceso de decibelios por encima de los permitidos, afectando a las viviendas de enfrente. Tanto en un caso como en otro las sanciones oscilaban entre los 1.000 y los 1.500 euros respectivamente, considerándose una infracción «muy grave».

Estos casos son muy usuales y desde nuestra experiencia, cuando un nuevo local dedicado a la música, la danza o el baile tiene que abrir sus puertas al público, siempre requiere de permisos y licencias, además de certificaciones que demuestren que sus instalaciones están acondicionadas acústicamente.

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